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Tribunales de justicia españoles contra el estado democrático de derecho : un ejemplo de cómo el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo contencioso-administrativo), el Tribunal Supremo (Sala tercera) y el Tribunal Constitucional expoliaron un cargo público Enrique Linde Paniagua

Por: Linde Paniagua, Enrique.
Tipo de material: TextoTextoEditor: Boadilla del Monte : Edisofer , 2020Edición: 1ª ed.Descripción: 415 p. ; 22 cm.ISBN: 978-84-15276-86-9.Tema(s): Jurisdicción judicial | Procedimiento judicial | Juez | Jurisdicción | Personal docente | Administración del personalResumen: El Estado Democrático de Derecho no es una cáscara vacía de contenido como pretenderían las resoluciones judiciales del TSJM, TS y TC, que han expoliado por activa o pasiva un cargo público. No es el Estado Democrático de Derecho, simplemente, un conjunto de reglas formales, de trámites y recursos. La realización del Estado Democrático de Derecho debe garantizar que, además de cumplirse por los Tribunales los trámites previstos en las leyes, las resoluciones judiciales tutelen efectivamente los derechos de los ciudadanos; que apliquen los valores y principios constitucionales; que garanticen especialmente el ejercicio de los derechos fundamentales; que respeten el principio de jerarquía normativa; que tengan en cuenta el Derecho internacional de los derechos fundamentales y la jurisprudencia de sus tribunales, Y cuando no es así, cuando los jueces y tribunales desprecian los valores y principios constitucionales, cuando ignoran la vulneración de los derechos fundamentales, cuando consideran que las disposiciones administrativas están por encima de las leyes, del Derecho internacional y de la jurisprudencia de los tribunales internacionales, se puede afirmar con rotundidad que los jueces y tribunales están contra el Estado Democrático de Derecho, aunque se hayan cumplido todos los trámites formales establecidos en las leyes.
Tipo de ítem: Libros
Existencias
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Biblioteca Central del Ministerio de la Presidencia
Sala
60925 Disponible 1073704
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El Estado Democrático de Derecho no es una cáscara vacía de contenido como pretenderían las resoluciones judiciales del TSJM, TS y TC, que han expoliado por activa o pasiva un cargo público. No es el Estado Democrático de Derecho, simplemente, un conjunto de reglas formales, de trámites y recursos. La realización del Estado Democrático de Derecho debe garantizar que, además de cumplirse por los Tribunales los trámites previstos en las leyes, las resoluciones judiciales tutelen efectivamente los derechos de los ciudadanos; que apliquen los valores y principios constitucionales; que garanticen especialmente el ejercicio de los derechos fundamentales; que respeten el principio de jerarquía normativa; que tengan en cuenta el Derecho internacional de los derechos fundamentales y la jurisprudencia de sus tribunales, Y cuando no es así, cuando los jueces y tribunales desprecian los valores y principios constitucionales, cuando ignoran la vulneración de los derechos fundamentales, cuando consideran que las disposiciones administrativas están por encima de las leyes, del Derecho internacional y de la jurisprudencia de los tribunales internacionales, se puede afirmar con rotundidad que los jueces y tribunales están contra el Estado Democrático de Derecho, aunque se hayan cumplido todos los trámites formales establecidos en las leyes.

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